Traducción de la reforma laboral III.

Tercera aportación sobre las verdaderas consecuencias de la Reforma Laboral.

Nuevas coberturas del Fogasa.

El FOGASA (FOndo de GArantía SAlarial) existe desde hace años para que el Estado pague las indemnizaciones y salarios de los empleados cuya empresa no puede pagar. Por supuesto, el FOGASA pagaba si era el juez quien decía en una sentencia que la empresa era insolvente. No valía con que empresa lo dijera en la carta de despido, como hacen en multitud de ocasiones. Poner en la carta de despido objetivo que la empresa sólo paga el 40% era causa segura despido nulo, con readmisión obligatoria.

Pero ahora todo va a cambiar. El FOGASA va a pagar 8 días año del despido objetivo en los contratos indefinidos que se hagan desde que entre en vigor la Ley y que duren más de un año sin necesidad de que la empresa sea insolvente ni de que el despido esté justificado.

Esto no soporta el más mínimo análisis jurídico. Si el FOGASA va a pagar despidos objetivos reconocidos por la propia empresa como improcedentes nos encontramos con que se va a usar dinero público actividades ilícitas privadas. En nuestra opinión esto es claramente anticonstitucional.

Intenciones verdaderas

En el texto pasado a los sindicatos el día 11 de junio se exigía que el trabajador estuviera 3 meses antes de poder hacerle un CFCI. Ahora no se exige ni un sólo día. La intención es muy clara: que cualquier empresa pueda hacer el CFCI al empleado que desee contratar, es decir la muerte de facto indefinido ordinario.

Consecuencias

Muchas asesorías Pepe van a proponer a sus empresas clientes que den de baja a sus empleados tengan contrato indefinido ordinario y que les contraten otra vez al día siguiente con un va a poder hacer porque se ha eliminado el requisito de estar 3 meses en el paro. De esta forma la indemnización pasa mágicamente a costar 25 días año en vez de 45 días año.

Como ya se dijo en el artículo anterior, muchos trabajadores se acogerán a reducción jornada o se presentarán a las próximas elecciones sindicales para tener protección especial despido improcedente.

El despido correcto y respetuoso con el empleado va a ser más caro que el fraudulento

Ejemplo: Manolo el del bar quiere despedir a Toñi la camarera porque se niega a trabajar de cocinera y a cobrar como tal. Entonces la Asesoría Pepe le propone a Manolo dos tipos de despido.

El primero de antes de la reforma: disciplinario reconocido como improcedente, que cuesta 45 días año.

El segundo, tras la reforma, es un despido objetivo (se inventa cualquier causa, porque no hace falta que sea reconocido como improcedente, que cuesta 33 días año, pero el FOGASA paga 8.

Incluso se pueden arriesgar a un despido objetivo sin reconocerlo como improcedente, que cuesta 20 días año pero el paga 8. Lo malo de esta última opción es que si Toñi demandara, cobraría 45 días y salarios de tramitación sin que el FOGASA pusiera un euro. Por tanto Manolo tiene tres precios a elegir: 45 días sin riesgo, riesgo y 12 días con riesgo de transformarse en 45 días + salarios de tramitación. ¿Qué despido preferirá el del Bar? Muy probablemente el de 25 días sin riesgo.

Como este despido de 25 días año solo se podrá hacer en los nuevos CFCI, muchas em-presas acosarán sus empleados con contrato indefinido para conseguir su baja voluntaria y cambiarlos por empleados con CFCI. Este proceso será más habitual en las empresas con varios centros de muchos empleados en puestos de baja cualificación fácilmente sustituibles. No hace falta ser muy para imaginarse qué empresas en concreto lo van a hacer.

Afortunadamente la Asesoría Pepe seguirá poniéndolo fácil al empleado para demandar. Por mucho los hayan facilitado, los despidos objetivos seguirán sin ser válidos si las nóminas de los anteriores no están bien hechas. Es decir que si te han pagado menos siempre podrás demandar contra cualquier tipo de despido y acabarán pagándote 45d año y salarios de tramitación. Te pueden estar pagando menos por varias razones:

  • Porque te pagan menos de lo que dice la tabla salarial actualizada del convenio obligatoriamente aplicable. Puede faltarte salario, pluses, pagas extras… total o parcialmente, da igual.
  • Porque hayas sobrepasado la jornada máxima de trabajo según el convenio aplicable. Si trabajas por semana, casi seguro que te estás pasando porque en casi todos los convenios la jornada es muy inferior a 40 horas. El problema es que la asesoría Pepe no sabe calcular la jornada semanal partir de la anual.
  • Porque te hayan dejado a deber unas comisiones o incentivos aprovechando que te van a despedir.
  • Porque te hayan pagado salario en negro o en dietas.
  • Por cualquier otra deuda por cualquier otra razón.

4. Cambios de horario, congelación del sueldo y despido parcial.

Horario de trabajo

La distribución de la jornada de trabajo será libre dentro de cada empresa sin necesidad de hacer caso a lo que diga el convenio aplicable. Por tanto, aunque el convenio diga que se trabaja 1.780 h anuales de lunes a viernes, las empresas podrán hacer que se trabaje de lunes a sábado, a turnos o como quieran, pero sin sobrepasar el límite indicado de 1.780 horas. Eso sí: los empleados a los que se les modifique el horario mantendrán su derecho al conflicto colectivo y/o demanda individual contra dicho cambio o a la rescisión voluntaria de su contrato cobrando indemnización 20 de días por año y paro.

Congelación del sueldo

El llamado «descuelgue salarial» (congelación del sueldo o no aplicación de las subidas) por dificultades económicas ya existe en el Estatuto de los Trabajadores desde hace años. Hasta ahora, esa rebaja sólo se podía hacer siguiendo el método y cumpliendo los requisitos indicados en el convenio aplicable. La diferencia es que cuando entre en vigor la reforma se podrán congelar los salarios de toda la plantilla mediante pacto de empresa, diga lo que diga el convenio, pero sólo si no hacerlo hiciera peligrar los empleos. Este pacto sólo podrá durar lo que le quede de vigencia al convenio o, en su defecto, 3 años.

Despido parcial

Por causas económicas, organizativas y de producción, las empresas podrán reducir temporalmente las jornadas de sus trabajadores entre un 10% y un 70% sin pagarles indemnización alguna. No hay límite superior ni inferior en cuanto al nº de trabajadores afectados. Esto ya existía antes y era conocido como el ERE de reducción de jornada. La diferencia es que antes no existían los límites 10-70 ni se exigía que fuera de forma temporal y sobre todo queda claro que se tendrá derecho al cobro del paro. También parece concluirse que la empresa en ERE temporal no podrá contratar trabajadores nuevos y que cuando mejore su situación deberá reincorporar a los reducidos. Está pendiente de desarrollarse un reglamento en el que puede que se obligue a realizar cursos a los trabajadores a los que se les aplique este despido parcial si quieren cobrar el paro de la parte de jornada que les quiten. No es un secreto que estos cursos serán impartidos casi siempre por los centros de formación de los sindicatos y organizaciones empresariales.

Italia. Los alcanzes de la extorsión del grupo Fiat.

Tras el cierre de su planta en Sicilia y del plebiscito extorsivo en su fábrica de Pomigliano (Nápoles), Fiat anunció el traslado de parte de la producción de su planta de Mirafiori en Turín –la más importante del país– a una fábrica en Serbia, ampliamente subsidiada por el gobierno de Belgrado, en la cual los trabajadores cobrarán un 75% menos que en Italia. El anuncio fue un baldazo de agua fría para el gobierno italiano y para la propia burocracia sindical, que había aceptado la extorsión de la Fiat en el plebiscito realizado en Pomigliano con la excusa de que se trataba de una concesión para asegurar la anunciada inversión de millones de euros por parte de una empresa decidida a “apostar al país”.

El traslado de varias líneas de producción a Serbia representa solamente un aspecto de la avanzada de Fiat. El presidente de la empresa, Sergio Marchionne, informó también que el nuevo régimen laboral de la fábrica de Pomigliano se realizará mediante la creación de una nueva empresa, que deberá “recontratar” a los actuales trabajadores de la planta, para esquivar de esta manera la aplicación del actual convenio colectivo de trabajo que regula las relaciones industriales en la rama automotriz. Los alcances de esa decisión fueron puestos de manifiesto por el propio Marchionne, quien dejó claro que lo de Pomigliano marca su línea estratégica y que, en consecuencia, el siguiente paso es retirar a la Fiat del convenio colectivo metalmecánico, que rige su actividad en todo el país, a partir de 2013.

Los alcances de esa medida serían brutales: implican que Fiat debería retirarse de la Confindustria–la patronal empresaria italiana– y que algo similar sucedería en el terreno de las representaciones sindicales, abriendo el terreno para la creación de sindicatos “de empresa”. La presidenta de la Confindustria le pidió a Marchionne una reunión de urgencia, en la que consiguió que la ruptura con la central empresaria fuese “postergada” dos meses, lo cual revela, en primer lugar, la situación de debilidad en la que quedaría la gran patronal italiana si Fiat rompe unilateralmente con su asociación histórica. Algo similar sucedió con los sindicatos: las centrales sindicales, que promovieron el acuerdo en Pomigliano, quedaron descolocadas con el nuevo anuncio del grupo. La creación de nuevos sindicatos por empresa liquidaría, literalmente, incluso a la FIOM. En última instancia pone en cuestión a la propia CGIL, la confederación sindical más importante del país.

Como puede verse, la extorsión de la Fiat tiene implicancias de largo alcance. No se quedaron cortos los que señalaron que lo que está en cuestión es “el conjunto de las relaciones industriales del país” . Porque no se trata únicamente de la relocalización y flexibilización del trabajo en la principal industria automotriz del país: detrás de la avanzada de la Fiat se plantea toda una línea, aún más explosiva, de “tercerizaciones” y “racionalizaciones” industriales que abrirían el terreno para un desmantelamiento del tejido industrial italiano –la industria autopartista que depende de Fiat, en primer lugar, quedaría colgada de un pincel. No por casualidad se está desarrollando, ahora mismo, un debate dentro del ramo textil en torno a la aprobación de una ley que autorizaría a colocar la etiqueta “Made in Italy” a productos que se confeccionaron mayormente en el exterior: para todo un sector de pequeñas y medianas empresas industriales, incapaces de competir con las grandes compañías que ensamblan componentes producidos en otros países, la política de los Marchionne –y los Versace, en el ámbito de la “moda”– implica un pasaje seguro a la quiebra. Bien mirado, el debate pone de manifiesto que detrás de la nueva juerga financiera con el dinero de los planes “de estímulo” estatal, con la cual algunos pretenden dar por cerrada la crisis mundial, se esconde una crisis de sobreproducción mayúscula, aún no resuelta, cuya superación requeriría un dislocamiento de las relaciones industriales en los principales países capitalistas.

Como se ve, se trata de palabras mayores. Ahora son legión los italianos que advierten que la fusión de la Fiat con la quebrada Chrysler no fue un motivo de “orgullo nacional” sino un salvavidas de plomo que empieza a mostrar sus consecuencias. En las últimas semanas, tanto Sarkozy como Merkel han salido a enfrentarse con los planes de Renault y Opel de “relocalizar” la producción en países más baratos –en el caso italiano, Berlusconi no puede decir siquiera esta boca es mía, porque el “rescate” de la Fiat no fue pagado por el gobierno italiano sino por el de Obama. Las consecuencias que todo este proceso abría para el futuro industrial italiano fueron advertidas, con precisión casi milimétrica, en estas mismas páginas, hace más de un año: “integrada a Chrysler o a GM, Fiat deberá constituir una plataforma común de producción internacional, lo que significará cerrar establecimientos en Italia y reducir los ‘costos laborales’ en la madre patria. El ‘ajuste’ que Fiat les exige a los obreros norteamericanos para cerrar la operación de incorporación a Chrysler y, eventualmente, a GM, deberá aplicarlo, inmediatamente, en otras factorías negociando con los sindicatos mayoritarios: FIOM, de Italia, y IGMetall, de Alemania. Se busca, precisamente, una ‘racionalización’ mundial de la producción. Una indicación de este curso es el anuncio, por parte de Fiat,  en su plan industrial 2010-2014, que se apresta a separar su rama automóvil del resto de sus departamentos.

Vista de conjunto, la situación italiana es la de un volcán en ebullición. En el marco de la crisis capitalista internacional, se procesa un virtual desmantelamiento industrial, un dislocamiento de las organizaciones patronales y de las burocracias sindicales –todo ello en el contexto del agotamiento del régimen político berlusconiano. La respuesta que den los trabajaores que ya ha manifestado su disposición de lucha con las ocupaciones de fábrica del verano y la resistencia a los planes extorsivos de la Fiat, en los últimos meses, es la pieza clave del rompecabezas que ofrece Italia en el cuadro de la crisis mundial.

Acuerdo en la planta de Pomiglianio, un repaso a los hechos.

Imagen de la factoría de Pomigliano

La planta de Pomigliano, cerca de Nápoles, está desde hace años trabajando al 25% de su capacidad y que produjo el año pasado 35.000 unidades para Alfa Romeo. Con la mayor parte de su personal, 5.300 trabajadores del grupo Fiat y 10.000 de empresas auxiliares, en expediente de suspensión. El plan de Fiat presentado fue invertir 700 millones de euros en la planta para fabricar allí su modelo Panda, que actualmente se produce en Tychy, Polonia, a cambio de acordar un nuevo régimen de flexibilización laboral que establece:

  • Reducción de los descansos.
  • Horas extras compulsivas a petición del director para pedidos de gran volumen.
  • Trabajar tres turnos (en lugar dos) hasta el domingo por la mañana, renunciando a la semana laboral que finalizaba en viernes.
  • Sanciones contra lo que Fiat considera bajas por enfermedad “inaceptables”.
  • Restricciones en el derecho de huelga.

Un paquete que en conjunto implica la liquidación de conquistas históricas de los trabajadores e incluso va en contra de disposiciones de la Constitución de la República.

El “acuerdo” comenzó a complicarse cuando el principal sindicato metalúrgico (la FIOM) se oponía a firmarlo. Sergio Marchionne, gerente de Fiat, advirtió que la firma de un convenio con los restantes sindicatos podía transformarse en un mero papel pintado y contraatacó con una nueva posición. Estableció que el acuerdo debía ser refrendado en un referéndum por los trabajadores de la fábrica napolitana, anunciando que cerraría la planta, dejando en la calle a sus 5.300 trabajadores si el acuerdo no alcanzaba un “consenso suficiente” en la votación.

El pulso de Fiat contra los trabajadores se convirtió en un caso testigo y toda la patronal italiana advirtió la trascendencia de lo que estaba en juego: el principal diario lo definió como “un episodio crucial en la historia de las relaciones sindicales del país” (Corriere della Sera, 21/6). Los berlusconianos se jugaron a reproducir en el plano sindical la desarticulación del centroizquierda que han logrado en los últimos años en el terreno político; es decir, darle un golpe a la Fiom, la CGIL y la izquierda sindical. Los opositores del Partido Democrático, en cualquier caso, dejaron a un lado sus diferencias con el gobierno y se sumaron, junto a la patronal y la burocracia sindical, al coro de los que exigían el voto por el “sí”. Llegaron a realizar una manifestación callejera, encabezada por los sindicatos amarillos y el personal jerárquico de la Fiat, que alcanzó la singular proeza de lograr que el informe de la policía contabilizara el doble de manifestantes que el de los propios organizadores. La lucha por el “no” quedó en manos de la izquierda política y sindical, pero contó también con el apoyo de los trabajadores de Tychyp, la planta polaca, al enviar una carta en su apoyo que revela una madurez política notable y reclama la unidad internacional de los trabajadores, desgraciadamente un trabajador de la planta de Fiorino fue despedido al distribuirla por el correo electrónico interno de la compañía.

El día anterior al referendum, realizado el 22 de junio, el Corriere della Sera ya se curaba en salud, cuando admitía que “el triunfo del sí está descontado, pero el problema es por cuánto margen”. Al día siguiente, los titulares de los diarios no dejaron lugar a dudas, cuando plantearon que el plan de Marchionne estaba ahora “puesto en cuestión”. Tan sólo el 62% de los trabajadores votó a favor, Fiat esperaba por lo menos un 80%. Todo el plan ha entrado ahora en un impasse, porque sin ser un “catastrofista” Marchionne advirtió claramente la trascendencia de que un 40% de trabajadores haya votado “no” en un plebiscito cuya única opción era aceptar el ajuste o quedarse en la calle.

A la patronal italiana le preocupa que el acuerdo de “paz social” se transforme en un papel sin valor, porque, al no haberlo firmado, la FIOM no tiene ahora impedimentos legales para impulsar medidas de fuerza a las que podrían sumarse los trabajadores afiliados a los sindicatos que sí lo hicieron. Rápido de reflejos –y mostrando que cuando se trata de atacar a los trabajadores el centroizquierda no le va en zaga a Berlusconi– un senador del Partido Democrático acaba de proponer que se promulgue una ley que impediría que los trabajadores afiliados a un sindicato que firmó una “paz social” se adhieran a una huelga convocada por un sindicato que no lo haya hecho.

Pero Marchionne ha dado a entender que no le cierran las salidas legislativas: para ser tal, el acuerdo tiene que contar con la firma de la FIOM. La posibilidad de la reapertura de una negociación con este sindicato es una confesión de que su extorsión ha fracasado, y la disposición de la FIOM a aceptar esa negociación, por su lado, es también un síntoma de que no pretende llevar hasta el fondo una resistencia a los planes de la patronal –como, después de todo, nunca lo ha hecho, ya que han sido sus concesiones las que vienen permitiendo los avances de la Fiat en los últimos años.

Diversas noticias del grupo Fiat.

El sindicato italiano FIOM emprenderá acciones legales contra Fiat al no readmitir a tres empleados despedidos.

El sindicato italiano FIOM anunció ayer que emprenderá acciones legales contra Fiat por no haber readmitido a tres empleados que habían sido despedidos a pesar de que así se lo ordenara el juez.

Fiat acusa a los tres trabajadores de haber llevado a cabo «comportamientos de extrema gravedad» al bloquear parte de la maquinaria durante una huelga, impidiendo que los empleados que habían decidido no adherir a ésta siguieran trabajando.

La sentencia favorable a los trabajadores fue emitida el pasado 9 de agosto y ayer, los tres empleados acudieron a la empresa para trabajar. Sin embargo, sus responsables no les dejaron volver a su puesto de antes sino que les comunicaron que a partir de ahora sólo podrán ocuparse de actividades sindicales.

Ante esta situación, el abogado de FIOM anunció que presentará una denuncia penal contra Fiat. Mientras, la empresa sigue considerando que los despidos son perfectamente legítimos, al tiempo que se muestra confiada en que éste será el veredicto final de la Justicia en la audiencia que se celebrará el próximo 6 de octubre.

Fiat supedita inversiones a futuras reformas laborales.

Sergio Marchionne anunció la intención del grupo Fiat de invertir 20 mil millones de Euros en Italia para aumentar su producción, pero estas inversiones estan supeditadas a revisiones de los acuerdos sobre las condiciones laborales para permitir flexibilidad en Italia.

En Italia, las condiciones laborales se rigen en primer lugar por contratos negociados por rama a nivel nacional,con condiciones para las empresas metalúrgicas. La actual directiva del grupo quiere sacarlo del contrato nacional de la metalurgia, del que depende. Lo que implicará una salida de Fiat, la empresa más grande del país, de la organización patronal Cofindustria.
Para evitar llegar a ello, Fiat y Cofindustria buscarán una solución para que el grupo pueda beneficiarse de derogaciones para aumentar la cantidad de rotaciones y horas adicionales.

Esta propuesta de Fiat a los sindicatos negociar un acuerdo marco para Italia, se inspira en el que se firmó en junio en Pomigliano a cambio de la relocalización de la producción del modelo Panda. Dicho acuerdo que dividió a los sindicatos y fue rechazado por más de un tercio de los empleados, permitirá a Fiat hacer funcionar la fábrica las 24 horas durante seis días, aumentar la cantidad de horas extras o aplicar sanciones por un fuerte absentismo o el no respeto del acuerdo.

Para aplicarlo, Fiat crea una empresa para contratar a los empleados que ya no dependen del contrato nacional hasta que el grupo obtenga las derogaciones que reclama, posteriormente se definirían convenios de eficiencia fábrica por fábrica dependiendo de momento y tipo de producción.

La venta de automóviles en Italia cae un 25,97% en julio.

La venta de vehículos nuevos en Italia en el mes de julio cayó un 25,97%, anunció el ministerio de Transportes. En ese lapso se matricularon 152.752 vehículos nuevos. Se trata de una caída notable por lo que los concesionarios solicitaron nuevas medidas de apoyo al gobierno de Silvio Berlusconi tras registrar el cuarto resultado negativo después de diez meses de progresivo aumento de las ventas gracias a las primas estatales al sector.

El grupo Fiat (Fiat, Lancia y Alfa Romeo) es el más afectado ya que sus ventas cayeron en un año un 35,81% con respecto a julio. Su posición en el mercado descendió al 29,09% contra 30,41% en junio y 33,55% en julio del 2009.En los primeros siete meses del año las ventas de automóviles nuevos bajaron 1,48% en Italia con relación al mismo lapso de tiempo en el 2009.

Traducción de la reforma laboral (II).

Segunda entrega de las verdaderas consecuencias de la reforma recientemente aprobada por el gobierno.

2. Despidos

Modificaciones del despido colectivo y del objetivo.

- Estas modificaciones van a afectar a todos los trabajadores, tanto a los que ya tengan contrato de cualquier tipo cuando se apruebe la Ley como a los contratados a partir de entonces. Antes de seguir, te recomendamos que leas nuestro artículo sobre tipos de despido, para saber distinguir entre disciplinario, improcedente, objetivo y nulo.

- Despido por causas económicas. Para conseguir en el juzgado que su despido objetivo 20d fuera declarado procedente, hasta ahora era necesario que la empresa demostrara que dicho despido era necesarios para la supervivencia de la empresa. Ahora sólo tendrá que probar que «se deduce mínimamente la razonabilidad» del despido de su «situación económica negativa».

- Despido por causas organizativas. Las causas que antes justificaban un simple cambio de horario, de jornada o un traslado ahora también justifican el despido objetivo de 20 días por año. Esto no estaba en la propuesta inicial.

- Será válido un despido objetivo 20 días que simplemente mejore la situación organizativa de la empresa. Ya no será necesario que existan dificultades organizativas que haya que superar.

- Será válido el despido objetivo 20 días de tipo preventivo, porque se admite dicho despido para prevenir una futura «evolución negativa». Ya no será necesario que la empresa demuestre que existen dificultades reales, actuales y efectivas, como se pedía en la jurisprudencia del Supremo.

- Al igual que en el despido objetivo por causas económicas, en el despido objetivo por causas organizativas la empresa deberá justificar sólo que de su situación organizativa «se deduce mínimamente la razonabilidad» del despido.

- El preaviso por despido objetivo será de 15 días. Antes era de 30.

- Si en despido objetivo no pagan la indemnización inmediatamente y el empleado demanda, será despido improcedente. Antes era nulo, con readmisión obligatoria.

- Si en la carta de despido objetivo no se indican con detalle las causas y la justificación del mismo, será despido improcedente si el empleado demanda. Antes era nulo con readmisión obligatoria.

Intenciones verdaderas

En la propuesta inicial de la reforma que se pasó a los sindicatos pocos días antes de aprobarse, se exigía que las causas económicas se demostraran documentalmente y que las necesidades de empleo de la empresa se hubieran reducido, pero ambas cosas las han quitado del texto definitivo que está ahora en trámite parlamentario. Además está eso de que el despido objetivo se justifica si se «deduce mínimamente la razonabilidad».

Ese «mínimamente» no deja lugar a la menor duda: la verdadera intención del Gobierno es impedir que los despidos objetivos (20 días) acaben en improcedentes (45 días) por demanda judicial del empleado.

Consecuencias

En resumen, el despido va a ser libre y sólo va a costar 12 días por año en caso de dificultades mínimas, ya que los otros 8 días los va a pagar el FOGASA. Antes también era libre, pero pagando, sin ayuda del FOGASA, 45 días por año. Aún así, confiamos ciegamente en que la Asesoría Pepe la seguirá cagando en las cartas de despido objetivo o saltándose el pago inmediato, con lo que seguirá siendo recomendable demandar siempre en caso de despido objetivo. En casi todos las cartas que hemos visto, la Asesoría Pepe pone como causa de despido objetivo la frase «por causas económicas, organizativas o de producción» copiada textualmente del artículo 51.1 del Estatuto de los Trabajadores, sin añadir nada más que alguna que otra conjetura o generalidad. Hay que ser muy tonto para poner un «o» en la causa, porque demuestra que no existe causa concreta. Claro que cuando ponen un «y» es casi más divertido, ya que difícilmente una causa puede ser de dos tipos a la vez. En nombre de los trabajadores que todos los días les ganan los juicios: gracias, Asesoría Pepe.

- Como los trabajadores en reducción voluntaria de jornada tienen protección especial contra despido improcedente y también actúan derechos especialmente protegidos, en nuestra opinión seguirá siendo igual de difícil conseguir echarlos con despido objetivo. Resultaría bastante contradictorio que se despida por causas económicas al empleado que cobra menos por haberse reducido la jornada. Por tanto, muchos empleados se reducirán la jornada con el único objetivo de impedir que los despidan.

- Es cachondísimo, pero ahora va a ser más barato y fácil despedir a los trabajadores que trasladarlos o cambiarles el horario. En casos de traslado o cambios de horario perjudiciales, el trabajador tiene derecho a rescindir su contrato cobrando indemnización de 20 días año, que pagará totalmente la empresa. Además tendría muchas posibilidades de ganar el juicio porque esos traslados y cambios de horario sólo se pueden hacer por necesidades probadas. En cambio, si la empresa le hace un despido objetivo sólo tiene que pagarle 12 días año, ya que los otros 8 días los paga el FOGASA y además este despido no tiene que ser por razones probadas.

- Como el despido será muy fácil y sólo va a costar 12 días año, harán a todo el mundo indefinido desde el principio, porque la finalización del contrato temporal costará también 12 días  año, pero las cotizaciones son más caras. Además un contrato temporal en fraude permite al empleado demandar y conseguir indemnización de 45 días año. Por tanto nos encontramos con la paradoja de que los contratos temporales en fraude van a ser más estables que los contratos indefinidos. Cágate lorito.

3. Nuevo contrato

Nuevo «Contrato de Fomento de la Contratación Indefinida» (CFCI).

Se lo van a poder hacer a todo parado cuyo empleo anterior haya sido con contrato indefinido o que haya estado dos o más años con contratos temporales con cualquier empresa. Es decir, a casi todo el mundo.

Con un CFCI la empresa te podrá despedir sin razón pagando sólo 33 día año y sin pagar salarios de tramitación.

Además el FOGASA le va a pagar 8 días, por lo cual la empresa sólo paga realmente 25 días. Lo único que tendrán que hacer será poner en la carta que el despido es objetivo sin dar ninguna razón y al mismo tiempo reconocer que es improcedente. Antes de la reforma, la indemnización de 33 días la pagaba totalmente la empresa sólo era posible si el empleado demandaba y era el juez quien decía que el despido objetivo era improcedente. En ese caso, el empleado cobraba y cotizaba los salarios de tramitación, es salario completo entre despido y sentencia, que como poco venían a ser entre 3 y 4 meses.

Rusia creará una empresa mixta para ensamblar blindados Iveco M-65 LMV.

Rusia llega a un acuerdo con el consorcio italiano Iveco para la creación de una empresa mixta que ensamblará en este país vehículos blindados contraminas Iveco M-65 LMV para las fuerzas armadas rusas.

Las negociaciones con la compañía italiana están a cargo de la corporación estatal de altas tecnologías rusa Rostejnologuii, que pretende ensamblar los blindados en las factorías de su consorcio automovilístico Kamaz, en el Volga. La planta tendrá una capacidad anual de al menos 500 blindados y el Ministerio de Defensa planea en seis años destinar unos 30.000 millones de rublos (unos 1.000 millones de dólares) a la compra de 1.775 vehículos.

El anuncio del proyecto supone un duro revés para el consorcio automotriz Russian Machines, que en su planta de Arzamás fabrica los blindados nacionales Tigre (GAZ-233014) adquiridos en los últimos cuatro años por el Ejército ruso.

Sin embargo, otros expertos subrayaron que el modelo Iveco M-65 LMV (Vehículos Ligeros Polivalentes), marca mundialmente reconocida, supera considerablemente al Tigre ruso por el grado de protección del personal contra las minas y en otros criterios. Los Iveco M-65 LMV están en servicio en los ejércitos de muchos países y su compra permitirá a la industria militar rusa acceder a altas tecnologías para implantarlas en sus propias factorías.

Traducción de la reforma laboral (I).

Qué se pretende con esta reforma realmente y quiénes y cómo van a salir beneficiados y perjudicados por ella.

Hemos leído muchas interpretaciones sobre la reforma; muchas inexactas, algunas exageradas y casi todas ellas demostrando mucha ignorancia en derecho laboral básico por parte de su autor. Así que aquí tenéis nuestra traducción de la reforma al Roman Paladino, en el cual el pueblo suele hablar a su vecino. Como conocemos muy bien el percal no sólo os podemos informar de la «letra» de la reforma, sino también del «fondo», es decir de lo que se pretende con esta reforma realmente y quiénes y cómo van a salir beneficiados y perjudicados por ella.

1.- Cambios en la contratación temporal

El contrato por obra se limita a 3 años por Estatuto de los Trabajadores y hasta 4 años si se permite en el convenio sectorial. Ojo, no vale ampliarlo en los convenios de empresa. Por supuesto estamos hablando de contratos por obra que sean correctos. Si el contrato temporal por obra está en fraude de ley es indefinido desde el primer día igual que antes.

Cuando se tengan dos o más contratos temporales de cualquier tipo (excepto de formación e interinidad), incluyendo por ETT, que sumen 24 meses en los últimos 30 con la misma empresa o grupo y haciendo cualesquiera funciones, el contrato se transforma automáticamente en indefinido. Antes se exigía que fuera ejerciendo las mismas funciones y con la misma empresa. Podría ser una clara mejora, pero como el despido objetivo en los indefinidos va a ser mucho más fácil no va a servir de nada a los trabajadores

La empresa tendrá que comunicar por escrito al trabajador, en el plazo de 10 días, que ha pasado a ser indefinido por cualquiera de las razones anteriores. Como siempre ha pasado, los empresarios se lo pasarán por los cojones y el empleado que quiera que demande.

Se van a seguir permitiendo, de forma totalmente consciente, las dos grandes vías de fraude de ley en los contratos temporales:

- Las contratas. Si una empresa tiene un puesto fijo (por ejemplo de informático) y lo contrata ella misma mediante un contrato temporal, sería realmente indefinido porque estaría en fraude de ley. En cambio, si mete al informático mediante una contrata, es un contrato temporal correcto. Es decir, en ambos casos el informático hace lo mismo, pero de la segunda forma el contrato temporal cuela y de la primera no. Esto es así porque el Tribunal Supremo lo decidió en varias sentencias. Por eso existen miles de supuestas empresas que lo único que hacen realmente es dedicarse a la cesión ilegal de trabajadores mediante contratas, especialmente en la construcción, la informática, la limpieza, la vigilancia… y se les va a permitir seguir haciéndolo.

- La sucesión de trabajadores temporales para el mismo puesto fijo. ¿Quién lo va a impedir? ¿Va a actuar de oficio la inspección de trabajo? ¿Van a demandar los empleados o el Comité de empresa? ¿Van a denunciar los sindicatos? Por favor, que no nos hagan reír que se nos saltan los puntos de la hernia.

La indemnización por fin de contrato temporal va a subir a 12 días por año… en el 2015. De momento sigue igual (8d) para todos los contratos temporales que se hagan en el 2010 y en el 2011. Los que se hagan en el 2012 pasan a 9d, 10d en el 2013, 11d en el 2014 y 12d en el 2015.

Se va a permitir la contratación por ETT dentro de las Administraciones Públicas. Esto sí que es gordo porque es directamente anticonstitucional, ya que infringe el principio de igualdad, mérito y capacidad en el acceso a la función pública. Esto puede suponer directamente la muerte de las bolsas de trabajo y un golpe gigantesco para el negocio de las oposiciones (academias y editoriales), especialmente en algunas administraciones, como los servicios de salud, y en algunos puestos de escasa cualificación, como ordenanzas y auxiliares administrativos. Por ejemplo, si ahora se usa la bolsa de trabajo para cubrir las bajas de maternidad, dentro de un tiempo estará generalizado llamar a la ETT y pedirle un licienciado en derecho con conocimientos de informática para sustituir a Paqui, la auxiliar del Ayuntamiento que está embarazada. Hasta ahora las Administraciones tenían que convocar oposiciones cada cierto tiempo con el objetivo de tener bolsa de trabajo. Ahora no va a hacer falta. El chollo y la buena vida para el funcionario con plaza y cuando haya mucho trabajo que hacer se llama a la ETT y ya está.

Efectos reales de estos cambios

El efecto real en el mundo del trabajo de estas reformas en la contratación temporal es sencillísimo de «adivinar». Hay que tener en cuenta que otra de las claves de la reforma es que la empresa sólo paga 12d de los 20d de indemnización por despido objetivo de un empleado indefinido, pagando el FOGASA los otros 8, y que este despido va a ser más fácil. Así que la Gestoría Pepe y su cliente Manolo el del bar van a hacer lo siguiente con los contratos de los camareros:

- Hasta el 31/12/2011 temporal a todo el mundo, como el 96% de los contratos que se hacen hasta ahora.

- Desde el 1/1/2012 irán disminuyendo progresivamente el nº de contratos

- Desde el 1/1/2015 «indefinido» a todo el mundo, porque tanto a indefinidos como a temporales costará 12d por año ponerlos en la calle, pero las cotizaciones de los indefinidos son inferiores

Dentro de 5 años se harán muchísimos más contratos indefinidos que ahora, pero serán mucho menos estables porque el despido será mucho más barato. Digamos que el contrato de trabajo será una mierda indefinida porque la mierda flota.

Dentro de 5 años ningún periódico ni TV ni radio nos recordará que hubo una reforma por la cual la indemnización por despido bajó de 45 a 20 días por año y el Gobierno de turno (sea PSOE o PP), las empresas y los medios de comunicación domesticados con publicidad presumirán de que en España se habrá acabado con la temporalidad abusiva, cuando la realidad será que se habrá acabado con los contratos indefinidos de 45d de indemnización. Las empresas se gastarán menos dinero en cotizaciones y los trabajadores cobrarán menos de indemnizaciones. Es decir, que de todo el pastel que es la economía española aumentará la parte que se quedan las empresas a costa de la parte que se quedan los empleados, pues ese es el único y verdadero objetivo final de esta reforma laboral. Dicho de otra forma. Los costes laborales totales (salarios + cotizaciones + indemnizaciones) en España van a seguir siendo los mismos, pero se van a repartir entre más trabajadores. El mismo pastel dividido entre más gente. Menos paro pero peor trabajo. Joder, qué fácil ha sido acabar con el problema del paro.

Los efectos sobre la economía en general están en la misma línea. Hasta ahora muchas empresas llevaban dos contabilidades, A y B, sólo para pagar menos a Hacienda; pero ahora van a tener que hacerlo también para poder reducir sus costes laborales. Como el dinero del FOGASA sale de las cotizaciones de las empresas, esta reforma va a suponer que las empresas con plantilla estable y que no llevan doble contabilidad van a tener muchos más gastos y van a pagar los despidos objetivos fraudulentos de las empresas defraudadoras y con renovación constante de la plantilla. El mensaje del Gobierno es claro: contrate usted como sea y haga lo que quiera con sus empleados, que a cambio de que nos reduzca el paro nadie va a preguntar por cuentas.

Por otro lado, hasta ahora había muchos empleados con años de antigüedad en sus empresas a base de encadenar contratos temporales por obra con contratos eventuales, cambiándoles de empresa, etcétera. La Asesoría Pepe sabe de sobra que es un fraude, pero no se lo dice a sus clientes porque si el empleado denuncia quien paga es el cliente, no la asesoría. Pero ahora todos los clientes van a saber que a los dos años el empleado se hace «fijo» sean cuales sean los truquitos de la Asesoría Pepe. El resultado va a ser que van a echar a todo el mundo a la calle cada 3 años.

2.- Despidos

La ramitación como proyecto de ley no entrará en vigor hasta principios de octubre. Lo que se ha aprobado es el «inicio», por decirlo así, de la tramitación de este proyecto de ley. Ahora queda las fases de ponencia, enmiendas, Senado, etcétera. El Congreso ha aprobado que en Agosto se puedan celebrar todas las sesiones que sean necesarias de la ponencia, la comisión y el pleno para aprobar definitivamente la Ley.

Total, que aún no está todo el pescado vendido ni mucho menos y no dudéis que algo van a dejar para cambiarlo tras la huelga general.

Modificaciones del despido colectivo y del objetivo.

- Estas modificaciones van a afectar a todos los trabajadores, tanto a los que ya tengan contrato de cualquier tipo cuando se apruebe la Ley como a los contratados a partir de entonces. Antes de seguir, te recomendamos que leas nuestro artículo sobre tipos de despido, para saber distinguir entre disciplinario, improcedente, objetivo y nulo.

- Despido por causas económicas. Para conseguir en el juzgado que su despido objetivo 20d fuera declarado procedente, hasta ahora era necesario que la empresa demostrara que dicho despido era necesarios para la supervivencia de la empresa. Ahora sólo tendrá que probar que «se deduce mínimamente la razonabilidad» del despido de su «situación económica negativa».

- Al igual que en el despido objetivo por causas económicas, en el despido objetivo por causas organizativas la empresa deberá justificar sólo que de su situación organizativa «se deduce mínimamente la razonabilidad» del despido.

- El preaviso por despido objetivo será de 15 días. Antes era de 30.

- Si en despido objetivo no pagan la indemnización inmediatamente y el empleado demanda, será despido improcedente. Antes era nulo, con readmisión obligatoria.

- Si en la carta de despido objetivo no se indican con detalle las causas y la justificación del mismo, será despido improcedente si el empleado demanda. Antes era nulo con readmisión obligatoria.

Intenciones verdaderas

En la propuesta inicial de la reforma que se pasó a los sindicatos pocos días antes de aprobarse, se exigía que las causas económicas se demostraran documentalmente y que las necesidades de empleo de la empresa se hubieran reducido, pero ambas cosas las han quitado del texto definitivo que está ahora en trámite parlamentario. Además está eso de que el despido objetivo se justifica si se «deduce mínimamente la razonabilidad».

Ese «mínimamente» no deja lugar a la menor duda: la verdadera intención del Gobierno es impedir que los despidos objetivos (20 dias) acaben en improcedentes (45 dias) por demanda judicial del empleado.

Consecuencias

- En resumen, el despido va a ser libre y sólo va a costar 12d por año en caso de dificultades mínimas, ya que los otros 8d los va a pagar el FOGASA. Antes también era libre, pero pagando, sin ayuda del FOGASA, 45d por año. Aún así, confiamos ciegamente en que la Asesoría Pepe la seguirá cagando en las cartas de despido objetivo o saltándose el pago inmediato, con lo que seguirá siendo recomendable demandar siempre en caso de despido objetivo. En casi todos las cartas que hemos visto, la Asesoría Pepe pone como causa de despido objetivo la frase «por causas económicas, organizativas o de producción» copiada textualmente del artículo 51.1 del Estatuto de los Trabajadores, sin añadir nada más que alguna que otra conjetura o generalidad. Hay que ser muy tonto para poner un «o» en la causa, porque demuestra que no existe causa concreta. Claro que cuando ponen un «y» es casi más divertido, ya que difícilmente una causa puede ser de dos tipos a la vez. En nombre de los trabajadores que todos los días les ganan los juicios: gracias, Asesoría Pepe.

- Como los trabajadores en reducción voluntaria de jornada tienen protección especial contra despido improcedente y también actúan derechos especialmente protegidos, en nuestra opinión seguirá siendo igual de difícil conseguir echarlos con despido objetivo. Resultaría bastante contradictorio que se despida por causas económicas al empleado que cobra menos por haberse reducido la jornada. Por tanto, muchos empleados se reducirán la jornada con el único objetivo de impedir que los despidan.

- Es cachondísimo, pero ahora va a ser más barato y fácil despedir a los trabajadores que trasladarlos o cambiarles el horario. En casos de traslado o cambios de horario perjudiciales, el trabajador tiene derecho a rescindir su contrato cobrando indemnización de 20d año, que pagará totalmente la empresa. Además tendría muchas posibilidades de ganar el juicio porque esos traslados y cambios de horario sólo se pueden hacer por necesidades probadas. En cambio, si la empresa le hace un despido objetivo sólo tiene que pagarle 12d año, ya que los otros 8d los paga el FOGASA y además este despido no tiene que ser por razones probadas.

- Como el despido será muy fácil y sólo va a costar 12d año, harán a todo el mundo indefinido desde el principio, porque la finalización del contrato temporal costará también 12d año, pero las cotizaciones son más caras. Además un contrato temporal en fraude permite al empleado demandar y conseguir indemnización de 45d año. Por tanto nos encontramos con la paradoja de que los contratos temporales en fraude van a ser más estables que los contratos indefinidos. Cágate lorito.

3.- Nuevo contrato

Nuevo «Contrato de Fomento de la Contratación Indefinida» (CFCI)

Se lo van a poder hacer a todo parado cuyo empleo anterior haya sido con contrato indefinido o que haya estado dos o más años con contratos temporales con cualquier empresa. Es decir, a casi todo el mundo.

Con un CFCI la empresa te podrá despedir sin razón pagando sólo 33d año y sin pagar salarios de tramitación.

Además el FOGASA le va a pagar 8d, por lo cual la empresa sólo paga realmente 25d. Lo único que tendrán que hacer será poner en la carta que el despido es objetivo sin dar ninguna razón y al mismo tiempo reconocer que es improcedente. Antes de la reforma, la indemnización de 33d la pagaba totalmente la empresa sólo era posible si el empleado demandaba y era el juez quien decía que el despido objetivo era improcedente. En ese caso, el empleado cobraba y cotizaba los salarios de tramitación, es salario completo entre despido y sentencia, que como poco venían a ser entre 3 y 4 meses.

- Despido por causas organizativas. Las causas que antes justificaban un simple cambio de horario, de jornada o un traslado ahora también justifican el despido objetivo de 20d por año. Esto no estaba en la propuesta inicial.

- Será válido un despido objetivo de 20 dias que simplemente mejore la situación organizativa de la empresa. Ya no será necesario que existan dificultades organizativas que haya que superar.

Será válido el despido objetivo 20 días de tipo preventivo, porque se admite dicho despido para prevenir una futura «evolución negativa». Ya no será necesario que la empresa demuestre que existen dificultades reales, actuales y efectivas, como se pedía en la jurisprudencia del Supremo.